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Página 46 del número 121, de junio de 2006

pg46 23/5/06 12:15 46 47 Página 1 negocios con apellido Menor presión tributaria La Junta diseña uno de los sistemas fiscales más avanzados de España para favorecer la continuidad de las empresas familiares uchos negocios familiares han peligrado en el momento del relevo generacional por, entre otras causas, la elevada carga fiscal que debían soportar los herederos. De hecho, hace más de diez años la UE dictó una recomendación para que los Estados miembros garantizasen la continuidad de las sagas empresariales con un marco tributario que no castigara económicamente la sucesión. Aunque la mayor parte de las competencias en este apartado corresponde a Madrid, la Junta de Castilla y León se ha mostrado sensible a esta problemática que afecta a las empresas familiares justo en una de sus coyunturas más delicadas, como es el traspaso de la sociedad a una nueva generación de emprendedores. Por eso, la Administración autonómica ha diseñado un régimen fiscal que es considerado por los expertos como uno de los más avanzados de España para favorecer la continuidad de los negocios con apellido. Por ejemplo, en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones la Junta de Castilla y León fomenta la transmisión del patrimonio familiar, ya sea inter vivos o mortis causa, al aligerar la carga fiscal y favorecer el relevo generacional en la titularidad y M Pilar del Olmo, consejera de Hacienda. gestión del negocio. En este sentido, existe una nueva reducción por donaciones de dinero a descendientes para la constitución de una empresa. El beneficio fiscal consiste en aplicar una reducción del 99% del importe de la donación efectuada a favor de descendientes menores de 36 años, siempre que la finalidad de la donación sea la constitución o adquisición de la primera empresa individual, negocio profesional o sus primeras participaciones en entidades. El importe máximo de la donación con derecho a reducción se fija en 100.000 euros y 150.000 si el beneficiario es un discapacitado. Otros requisitos son que la empresa debe constituirse en el plazo de seis meses desde la donación y que en el caso de participaciones, el donatario debe asumir funciones de dirección. Reducción por donación La Junta también ha ampliado hasta el 99% la reducción por donación de empresas familiares cuando sea entre cónyuges o descendientes. Para beneficiarse de esta medida, la actividad debe ser ejercida por el donante de forma habitual y personal, el 50% de la renta debe proceder de su empresa, el donante tiene que tener al menos 65 años o una incapacidad permanente y debe poseer la adquisición durante cinco años. En sucesiones, las empresas familiares de Castilla y León se pueden beneficiar de una reducción del 99% del importe del valor del negocio familiar, siempre que la participación del fallecido en el capital de la sociedad sea al menos igual al 5% computado de forma individual o al 20% conjuntamente con familiares hasta el cuarto grado; que el causante ejerza la actividad y obtenga al menos el 50% de su renta de la empresa; que los adquirientes sean el cónyuge o familiares hasta el tercer grado; y que se mantenga la adquisición durante cinco años. Nº 121 Junio 2006

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