Página 78 del número 110, de julio de 2005
VIDA FAMILIAR Y LABORAL Equiparación de mujeres y hombres La Ley de Igualdad de Oportunidades establece la importancia de los factores educativos, económicos y de conciliación de la vida familiar y laboral A unque la igualdad de todos los ciudadanos es un principio fundamental recogido por la legislación en textos tan importantes como la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en 2003 la Junta aprobó la Ley de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres de Castilla y León para regular el marco de actuación y contemplar de forma integral los aspectos de promoción de la mujer. El documento señala como aspectos especialmente relevantes los educativos, económicos y de conciliación de la vida familiar y laboral. El primero, porque cualquier cambio social que pretenda realizarse con garantías debe impulsarse desde edades muy tempranas; el segundo, por la trascendencia que tiene para la emancipación disponer de independencia económica; y el tercero, por ser una condición indispensable para la plena incorporación de la mujer a la vida económica y social. Un aspecto que destaca la Ley es la necesidad de superar la imagen estereotipada de la mujer en la sociedad, un factor que puede modificarse gracias al avance de las nuevas tecnologías y al acceso global a la información. En este punto es fundamental el papel de los medios de comunicación para lograr un trato igualitario. En este sentido, la normativa establece la necesidad de desarrollar acciones en este ámbito, que generen cambios en el resto de campos relacionados con la mujer. ción y desarrollar actuaciones que hagan visible la presencia de la mujer en todos los ámbitos de la sociedad. Además, la norma fija como una prioridad sensibilizar a la población sobre los beneficios sociales resultantes de la igualdad y de fomentar la conciliación de la vida familiar y laboral. En este sentido, el Gobierno regional promoverá la creación de asociaciones que tengan entre sus objetivos la equiparación de todas las personas. Por otra parte, se impulsará de forma específica la promoción económica, cultu- CULTURA Y FORMACIÓN Los objetivos marcados por la Ley se centran en favorecer la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, la cultura y la formación. Asimismo, señala la necesidad de implicar a todas las entidades públicas y privadas en la realización de programas para el fomento de la integra- 18 Nº 110 Julio 2005 ral y social de las mujeres en el ámbito rural. Un aspecto significativo reflejado en la Ley es la prevención de situaciones de violencia doméstica y el impulso a las políticas de atención integral a las mujeres maltratadas o con necesidades específicas por razón de género. Por último, esta legislación establece la eliminación de las manifestaciones de carácter discriminatorio que sean detectadas en nuestra comunidad autónoma. Entre los aspectos regulados por la Ley, cabe señalar los principios de transversalidad y coordinación que deben regir las normas y actuaciones del Gobierno regional. En este campo, el texto anuncia la creación de una Comisión Interconsejerías para garantizar su aplicación. Además, establece la realización de estrategias de promoción de la igualdad de oportunidades y regula el Consejo Regional de la Mujer, los Consejos de la Mujer locales y las Entidades para la Igualdad de Oportunidades como organismos públicos y privados que sirven de cauce de participación de la sociedad en estas políticas. Por su parte, la norma dedica un apartado a la Red de Asistencia a la Mujer definiéndola como un conjunto de recursos que se ofrecen a las mujeres maltratadas y a sus hijos. Por último, define las inspecciones y sanciones previstas para alcanzar el mayor grado de protección de la igualdad en la región.