Página 134 del número 154, de marzo de 2009
pag134-135 134 135 19/2/09 11:39 Página 1 actualidad Alco aplica soluciones de edificación modular en el sector sanitario y deportivo Alco Grupo Empresarial ha construido el edificio Biopol en Hospitalet de Llobregat (Barcelona), que alberga un clúster de instituciones sanitarias para la realización de investigaciones biomédicas. Realizado mediante módulos prefabricados adosados, cuenta con una superficie total cercana a los 500 metros cuadrados y está preparado para albergar dos pisos más para futuras ampliaciones. Para su construcción se han empleado 22 módulos y tan sólo siete semanas desde la descarga del primer módulo hasta la entrega de llaves, lo que constituye un verdadero hito teniendo en cuenta el grado de los acabados y la complejidad de su ubicación en el entorno de un recinto hospitalario. ?Cada vez son más las empresas e instituciones que deciden confiar en un modelo constructivo como el modular caracterizado por la rapidez en sus resultados, la calidad de los materiales y acabados, la facilidades de ampliación que ofrece y la sostenibilidad del modelo constructivo en su conjunto?, explica Óscar García, director de Edificación Modular de Alco, que destaca que todas las labores de mantenimiento, reforma y ampliación se realizan de manera sencilla mediante el intercambio o sustitución de los materiales y ele- mentos que forman parte del edificio. Esta misma metodología se ha utilizado para la ampliación de las instalaciones del Fútbol Club Barcelona en la Ciudad Deportiva Joan Gamper en Sant Joan Despí (Barcelona), que albergan también desde principios de año a la primera plantilla del equipo. El centro cuenta con 1.100 metros cuadrados de superficie realizados por la división de Edificación Modular de Alco, que también se ha encargado de la nueva sala de prensa del complejo de 300 metros cuadrados. Las dependencias incluyen vestuarios de los jugadores y entrenadores del filial, despachos, sala de fisioterapia, almacenes, consultas médicas, comedor, gimnasio y varias salas de reuniones. Sala de Prensa del FC Barcelona. Legalia Abogados advierte sobre la complejidad fiscal de las operaciones vinculadas en el Impuesto de Sociedades ?Cada vez más, cumplir con Hacienda está lejos de ser una simple obligación de pago, incluyendo una carga importante de obligaciones documentales que implican proporcionar una gran cantidad de información. Por eso las empresas asumen un coste de gestión muy elevado al tener que disponer de sus recursos para destinarlos a tareas completamente improductivas para su actividad?, explican los responsables de Legalia Abogados. Por ejemplo, el nuevo Reglamento del Impuesto de Sociedades ha establecido una serie de obligaciones formales en materia de operaciones vinculadas que es necesario conocer. La normativa considera operaciones vinculadas las transacciones económicas realizadas entre una sociedad y otras personas o entidades sospechosas de poder influir en la determinación de los valores a los que se ejecutan. Y esta misma Ley establece que estas relaciones se deben desarrollar a valor de mercado, además de estar profusamente documentadas. Además, el valor puede ser comprobado por la Administración y corregido cuando se genere una tributación conjunta de las partes inferior a lo que resultaría de aplicar el valor normal de mercado. Legalia Abogados analizó el alcance de la nueva obligación documental y de las sanciones derivadas de ellas en un desayuno de trabajo organizado junto a la Fundación Execyl. Y las conclusiones no dejan lugar a dudas: ?el coste de elaboración de la documentación requerida puede ser muy elevado, por lo laborioso de los requisitos establecidos, la dificultad de localizar la información comparable necesaria y la multiplicidad de operaciones posibles. Las sanciones automáticas previstas pueden llegar a cerrar empresas, siendo desproporcionadas e incoherentes con el perjuicio potencial causado a la Hacienda Pública. Y por si esto fuese poco, realizar los análisis y documentar los valores de mercado con pleno cumplimiento de la norma no es garantía de que la Administración no discrepe de la valoración, y que finalmente acaben siendo exigibles cuotas e intereses imprevistos?, apuntan en Legalia. La documentación deberá estar disponible con la declaración del Impuesto de Sociedades de 2009 y todas las operaciones vinculadas realizadas en este ejercicio deben ser coherentes con los valores consignados, por lo que no puede retrasarse el análisis para más adelante. Nº 154 Marzo 2009