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Cuándo

Página 54 del número 109, de junio de 2005

DESARROLLO SOSTENIBLE Suelos contaminados Alberto Pérez Ruiz Director de Recursos de Mediotec E l suelo como medio receptor de la contaminación es uno de los más sensibles y vulnerables. El fuerte crecimiento del sector industrial ha traído consigo un creciente riesgo de emisión de sustancias contaminantes que afectan no sólo a los suelos propiamente dichos, sino también a la calidad de las aguas y del aire y a la cadena trófica, pudiendo llegar a afectar a la salud humana. Todos somos conscientes que en los últimos tiempos los suelos se encuentran en un proceso de continua degradación, que en su nivel más extremo puede llegar a producir un proceso de desertificación. La necesidad de realizar políticas de prevención y protección que garanticen su sostenibilidad se hace imprescindible, tratando de evitar los efectos adversos que podría suponer no actuar de forma decidida para atajar este problema. A pesar de la evidente vulnerabilidad ecológica de los suelos, la legislación europea y la española ha carecido de instrumentos normativos para promover su protección. Hasta la promulgación de la Ley 10/1998 de Residuos, en España no se disponía de ninguna norma legal que permitiera proteger eficazmente los suelos contra la contaminación y, en el caso de los ya contaminados, identificarlos y caracterizarlos utilizando una metodología 54 normalizada y técnicamente rigurosa. Dicha Ley supuso un gran avance, ya que reconocía la existencia de suelos contaminados y medidas a adoptar. En sus artículos 27 y 28 regula los aspectos ambientales de los suelos contaminados y dispone que el Gobierno, previa consulta a las comunidades autónomas, determinará los ?... se intenta dar solución a un problema general que afecta a un gran número de empresas se estima que más de 25.000de muy diversa índole que se verán obligadas a elaborar informes sobre la situación de los suelos en los que se encuentran ubicadas, debiendo proceder a su descontaminación si es necesario? criterios y estándares que permitan evaluar los riesgos que pueden afectar a la salud humana y al medio ambiente, atendiendo a su naturaleza y a su uso. No obstante, esta Ley no recoge un listado de actividades potencialmente contaminantes ni criterios que permitan decidir si un suelo está o no contaminado. Con la entrada en vigor a principios de Nº 109 Junio 2005 año del Real Decreto 9/2005, que establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados, se intenta dar solución a un problema general que afecta a un gran número de empresas -se estima que más de 25.000- de muy diversa índole que se verán obligadas a elaborar informes sobre la situación de los suelos en los que se encuentran ubicadas, debiendo proceder a su descontaminación si es necesario. INVENTARIO En este sentido, el presente Real Decreto, en desarrollo de los citados artículos 27 y 28 de la Ley 10/1998, establece una relación de actividades susceptibles de causar contaminación en el suelo, así como de sustancias que a priori pueden ser contaminantes, al tiempo que establece metodologías para clasificar los suelos, cuantificar el riesgo y establecer criterios de cálculo de niveles genéricos de referencia. Asimismo, regula el modo de actuar de los titulares de las referidas actividades. Todo esto facilitará a las comunidades autónomas la elaboración de un inventario que identifique el número de emplazamientos contaminados, que deberá actualizarse periódicamente.

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